B.9.1 – Una página del catálogo debe ser usada para la WCF.
Todos los catálogos de exposición deben hacer usar una página para la
WCF, incluso el nombre y dirección de los miembros de Junta.
B.9.2 – Los catálogos y la lista de resultados deben ser expedidos a
la WCF.
Para controlar la conformidad con las reglas, los clubes y los
subclubes de organización deben expedir el catálogo de exposición,
una copia de la lista de los resultados a la WCF dentro de 10 días
después de la exposición. La fecha de franqueo cuenta como la fecha
de envío válida.
B.9.3 – Clubes rusos: el catálogo y los protocolos deben ser
expedidos al 2o vicepresidente.
Los clubes y los subclubes rusos deben expedir estos documentos al 2o
vicepresidente de WCF (o al miembro de la comisión de exposiciones
responsable de Rusia).
B.9.4 – Clubes de otros países: el catálogo y los protocolos
deben ser expedidos al 1r vicepresidente.
Los clubes de otros países tienen que expedir estos documentos al 1r
vicepresidente de WCF (o al presidente de la comisión de
exposiciones).
B.9.5 – Multa en caso de no expedir los documentos
Las exposiciones adicionales del club no serán licenciadas, a menos
que los documentos de exposición sean recibidos. Si un club rechaza
expedir los documentos de exposición, que es encontrado como la
violación de las reglas y será castigado con una multa. Las
exposiciones adicionales del club no serán licenciadas, a menos que
la multa sea pagada.
B.9.6 – Los documentos de exposición de subclubes no
registrados no son aceptados.
Todos los documentos de exposición de subclubes no registrados con el
WCF no serán aceptados |